De acuerdo con la SuperintendenciadeTransporte, los cargos se formularon por presunta violación a la ley, porque la empresa habría infringido los principios de libre acceso, seguridad y legalidad, afectando la prestación del servicio.
Los hechos se registraron el pasado 24 de diciembre de 2018, en donde 30 personas resultaron heridas por el choque de dos cabinas que transportan pasajeros hacia y desde el Cerro de Monserrate, en Bogotá.
Para la Superintendente de Transporte, CarmenLigiaValderrama, se debe tener en cuenta que el transporte por cable opera en beneficio del turismo y también de las poblaciones más vulnerables de las ciudades, por lo tanto, se rigen bajo el marco de la legalidad con el fin de prevenir, inspeccionar y controlar las diferentes modalidades de transporte público.
Dentro de lo cargos están entre otros, que presuntamente se excedió la jornada laboralpermitida de la persona a cargo de la operacióndelteleférico, la alteración parcial del servicio de transporte público de pasajeros por cable, norealizar capacitaciones a sus trabajadores, no acreditar la idoneidad del maquinista y nogarantizar con dicionestécnico mecánicas a los equipos.
Por los anteriores cargos la Superintendencia inicia una investigaciónadministrativa y en caso de ser encontrada responsable, la empresa podrá ser multada hasta con 700 Salarios Mínimos Legales Vigentes por cada cargo.